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TDCLUB DIRECTO AL TRATO ® te ofrece como PROPIETARIO lo siguiente:
1.- Estudio de mercado y opinión de valor de tu inmueble, para reducir tiempos de promoción.
2.- Revisión minuciosa del expediente de tu inmueble, para evitar retrasos en notaría.
3.- Promoción en nuestro sitio de Internet con ficha técnica detallada, así como difusión intensiva entre nuestras redes de corredores inmobiliarios.
4.- Trato Directo* con tu comprador, para ir “directo al trato” con un cierre cordial, justo y profesional de tu operación.
TDCLUB DIRECTO AL TRATO ® te ofrece como COMPRADOR lo siguiente:
1.- Coordinación para visitar el inmueble.
2.- Expediente revisado listo para escriturar.
3.- Trato Directo* con el propietario, para que llegues “directo al trato”, y a tu nuevo hogar.
Con TDCLUB DIRECTO AL TRATO ®, ambas partes lograrán su objetivo al haberlo realizado en absoluta paz mental, mientras supervisamos que el primero reciba su pago, y el segundo sus llaves.
Si eres el propietario del inmueble, llámanos para platicar sin compromiso. Si eres comprador, explícanos que necesitas, para ofrecerte las mejores opciones.
* La negociación vía Trato Directo es opcional, y a solicitud de las partes.
ATENCIÓN PERSONAL DE:
CLAUDIO MÁRQUEZ PASSY
T.S.U. COMERCIALIZACIÓN INMOBILIARIA
CÉDULA PROFESIONAL S.E.P. #5975329
CERTIFICACIÓN P.I.C. CPIC-05-325
Director General
TRATODIRECTO.CLUB
38 años de experiencia en esta profesión, son tu mejor garantía.
En virtud de que algunas de las viviendas enlistadas son usadas, nuestra empresa y el propietario, no se responsabilizan de vicios ocultos que no sean revisados por el perito responsable que elija el comprador para firmar escrituras, quien deberá declarar que ha revisado el inmueble a su entera satisfacción, aceptando no reservarse reclamaciones futuras frente al propietario vendedor.
Nuestra empresa sugiere enfáticamente NO firmar contrato privado de ninguna índole, NO entregar dinero en calidad de “apartados”, e ir directo a firma de escrituras ante Notario Público, quien será el único garante de la transmisión jurídica de la propiedad.
Nosotros no estamos sujetos a la NOM-247-SE-2021, relacionada al artículo 73 de la ley de Profeco, en virtud de que nuestra organización solo interviene en la asesoría, sin intervenir en la venta, la cual queda bajo la responsabilidad legal del notario designado.
Asimismo, el propietario de un inmueble usado, es una persona física o moral que realiza una operación eventual de carácter privado, donde no le aplica la mencionada ley. Para el caso de desarrollos nuevos residenciales o comerciales, será la constructora o desarrolladora quien entregará al comprador las garantías que la ley exige, de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Protección al Consumidor.
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